Según el Ministerio de Minas y Energía, el decreto pone a los usuarios ‘en el centro’ de la regulación a pesar de que los gremios consideran una extralimitación

El presidente Gustavo Petro firmó el decreto 929 de 2023 con el que busca propiciar una reducción de las tarifas de electricidad que pagan los usuarios en Colombia.

El decreto había sido blanco de las críticas de varios gremios del sector que lo consideran una extralimitación, ya que tradicionalmente la regulación de tarifas se ha dado desde la Creg (Comisión de Regulación de Energía y Gas). Algunos, incluso, dijeron en su momento que el decreto puede deteriorar la confianza del sector y desalentar nuevas inversiones.

Avanzamos en la segunda fase del Pacto por la Justicia Tarifaria, con el objetivo de orientar la regulación y promover una efectiva competencia en los segmentos de mercado donde esto es posible. Estos lineamientos nos permitirán aumentar la eficiencia para el sistema eléctrico, de manera tal, que conlleve a precios justos para los usuarios”, afirmó Irene Vélez Torres, ministra de Minas y Energía.

Esto dice el decreto sobre las tarifas la electricidad

En primer lugar, el decreto le ordena a la Creg que adopte regulaciones que incluyan, entre otras cosas, un seguimiento mucho más estricto de los vertimientos de agua de las hidroeléctricas. Esta medida se tomó luego de un análisis de la Superintendencia de Servicios públicos, según el cual, las hidroeléctricas no estaban fijando sus ofertas en la bolsa de energía basándose en los pronósticos del clima o el nivel de sus embalses.

Además, el decreto busca que los operadores de red instalen techos solares en barrios con problemas de recaudo en tarifas para poder reducir el cobro de pérdidas en el sistema. Por otro lado, quienes instalen soluciones no convencionales en sus viviendas no tendrían que pagar un cobro que se conoce hoy como ‘energía reactiva’.

El Gobierno le pide a la Creg que flexibilice el cobro de garantías en el mercado mayorista de energía y establezca mecanismos para “que los usuarios y los agregadores de demanda, puedan ofertar reducciones, desconexiones de demanda u otros esquemas de participación en el Mercado de Energía Mayorista”.