El decreto prohíbe la circulación de todo tipo de vehículo automotor en los barrios Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní

El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, recuerda a la ciudadanía que, entre el miércoles 5 de abril, y el domingo 9 de abril, comienzan a regir las medidas temporales de movilidad para la Semana Santa, adoptadas mediante decreto 0460 de 2023:

  • Se prohíbe la circulación de todo tipo de vehículo automotor en los barrios Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní, desde las 4:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente.
  • Se exceptúan los siguientes corredores y los vehículos relacionados en el artículo tercero del decreto 1698 del 13 de diciembre de 2022.
  1. Avenida Blas de Lezo
  2. Camellón de los Mártires
  3. Calle del Arsenal
  4. Calle Larga
  5. Calle de la Media Luna
  6. Avenida Daniel Lemaitre
  7. Avenida del Centenario
  8. Avenida del Pedregal
  9. Carrera 10B, entre calle 24 (Calle Larga) y calle 25 ( Calle del Arsenal.
  10. Carrera 10, calle San Antonio y de la Sierpe
  11. Carrera 10C (Calle Maravillas y Calle de Las Tortugas)
  12. Calle 34 hasta calle 32A (Plazoleta Telecom)
  13. Carrera 10, Plazoleta del Joe Arroyo
  14. Carrera 9A, Calle Panamá

•     Se restringe la circulación de vehículos tipo buses intermunicipales e interdepartamentales, por las vías de los barrios Bocagrande, Castillogrande y Laguito, las 24 horas.
•     Se prohíbe la permanencia y parqueo de vehículos tipo buses de servicio especial, intermunicipal e interdepartamental sobre las vías públicas de los barrios Bocagrande, Castillogrande y Laguito, las 24 horas del día.
•     Se prohíbe el ingreso de vehículos tipo buses de servicio intermunicipal e interdepartamental, a la zona insular de Barú, las 24 horas del día, con excepción de los vehículos de propiedad de los hoteles, y sitios de alojamiento en el sector.